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Siete pifias sobre las descargas de Internet

Pifia (De pifiar). 1. f. Golpe en falso que se da con el taco en la bola de billar o de trucos. 2. f. coloq. Error, descuido, paso o dicho desacertado. (Diccionario de la Real Academia Española)

Me imagino que por desconocimiento, se oyen multitud de medias verdades, o incluso mentiras completas, en todo este debate sobre las descargas en Internet. A continuación enumero lo que, en mi opinión, son las siete pifias más relevantes sobre este apasionante tema.

1.- Las llamadas webs de descargas son el problema. Primero, a estas alturas ya debería estar claro que en realidad no son webs de descargas. Son listas de referencias que permiten acceder a contenidos almacenados en otros lugares, muchas veces en ordenadores particulares a los que se accede de manera indirecta mediante sistemas peer-to-peer. Probablemente, y a pesar de los indudables esfuerzos que están realizando para identificar y eliminar estos enlaces, entre los principales proveedores de enlaces a contenido protegido en España están Google o YouTube.

Lo que sí formaría parte del problema es que, por razones comerciales, las grandes distribuidoras sacan al mercado contenido protegido en soporte físico en algunos mercados antes que otros. Si sigues leyendo averiguarás el porqué.

Segundo, hay infinidad de maneras de acceder a esos enlaces sin pasar por las (incorrectamente) denominadas webs de descargas, siempre sin infringir la legislación de propiedad intelectual vigente en nuestro país.

2.- La piratería va a acabar con la creación cultural. La facilidad de descargarse contenidos digitales a través de Internet va a acabar con los grandes intermediarios de la cultura, porque ya no son necesarios. No es necesario grabar 15 canciones en un rosco de plástico para que el público disfrute de ellas. No es necesario grabar una película en un rosco de plástico para poder verla en tu casa. Igual que desapareció el oficio de aguador (las personas que vendían agua por las casas cuando no había agua corriente), desaparecerá la industria de distribución masiva de roscos de plástico.

De hecho, en muchos países la distribución audiovisual en soporte físico ya es algo completamente marginal. Además, la proliferación de otras formas de distribución que, por su naturaleza, hacen innecesarios muchos de los elementos de la cadena de intermediación entre el creador y su público, tiene ya dos efectos muy relevantes. Por una parte, está disminuyendo el precio final de los contenidos audiovisuales, y por otra están disminuyendo las cifras de piratería.

La creación cultural siempre existirá porque es inherente a la naturaleza humana. Existía cuando no existían los miembros de la Coalición de Creadores e Industrias de Contenidos, y seguirá existiendo cuando dicha Coalición desaparezca porque ya no sea necesaria. Por el contrario, el avance tecnológico multiplica las opciones del creador para comunicar su obra. Mejor para los creadores. Y mejor para su público.

3.- Las leyes no protegen a los creadores. Las leyes protegen a los creadores. Garantizan la propiedad intelectual. Proporcionan garantías jurídicas para que nadie pueda comerciar con obras protegidas sin permiso del autor. Quizá la ley no protege a los intermediarios como estos desearían, porque la ley no contempla adecuadamente la posibilidad de que los intermediarios no pudieran ser necesarios. Hacerlos necesarios de nuevo no arreglará nada.

4.- El canon digital beneficia a los creadores. El canon digital beneficia a las sociedades de gestión de derechos y a los (relativamente) pocos creadores que están en los circuitos de las grandes distribuidoras. El canon financia entre otras cosas las actividades sociales de las sociedades de gestión de derechos. La mayoría de los creadores no ven un euro del canon.

5.- Descargarse contenidos protegidos para uso privado es robar. Según la RAE, robar es quitar o tomar para sí con violencia o con fuerza lo ajeno, o hurtar de cualquier modo que sea. Al robar, la persona robada pierde el usufructo del objeto robado. Descargar contenidos para uso privado es hacer una copia de un fichero para disfrute personal. No es un delito. El titular del fichero sigue conservando el usufructo del mismo y todos los derechos sobre él.

6.- España es el país más pirata del mundo en lo que se refiere a la piratería audiovisual. Las cifras de piratería se basan en una estimación de lo que se deja de ganar si todo lo que se descarga se abonara al precio de venta al público, o bien en el número de descargas sin pasar por caja. Por lo tanto, es difícil separar cosas como las descargas para uso privado (la mayoría de las descargas), de las descargas con el objeto de hacer negocio ilícito con el contenido descargado. Aún así, de entre los países grandes en cuanto a su mercado audiovisual, los más “piratas” en 2016 eran, por este orden, China, Rusia, Tailandia, Hungría, Polonia, México, Taiwan y España, seguidos de cerca por India e Italia. En el caso del software, con la implantación de modelos de negocio como el de las apps, con aplicaciones a precios ajustados de venta online, España está en el puesto 79, por encima de Italia (73), y prácticamente al nivel de Francia (82) o Irlanda (89).

7.- Internet es tan nuevo que es difícil pensar en modelos de negocio alternativos. Los primeros ordenadores conectados a Internet datan de 1969 (hace más de 40 años), la Red se empezó a popularizar en España en entornos universitarios en 1986 (hace más de 30 años). La Web data de 1990 (hace casi 30 años). La primera oferta de ADSL en España es de 1999 (hace 20 años). En 2006 había 1.100 millones de usuarios en Internet y en 2018 habí aya 4.021 millones.

Y por supuesto que hay modelos de negocio alternativos a la distribución tradicional del audiovisual que funcionan perfectamente: iTunes, Spotify, Hulu, VEVO, YouTube, Netflix, HBO, …

Publicado en Audiovisual

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